Los derechos de propiedad industrial en el sector cosmético: seguridad para la empresa y transparencia y confianza para el mercado
Conforme a la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas1 (en adelante, Ley de Marcas), las empresas cosméticas han registrado e incluido en sus productos o envases marcas compuestas por nombres, dibujos, letras, colores y formas para obtener la protección propia de los derechos marcarios. Estas marcas han permitido distinguir los productos o los servicios de su empresa de los de otras y otorgar, por tanto, un derecho exclusivo sobre el uso de un signo en relación con los bienes y servicios para los que está registrado. Esa protección marcaria ha otorgado un derecho exclusivo a su titular -la empresa cosmética- para impedir que un tercero utilice un signo idéntico o similar para productos y/o servicios idénticos o relacionados con aquellos protegidos por la marca, sin su consentimiento previo.